lunes, 4 de septiembre de 2017


AQUÍ TUMEREMO

LA CARTA MAGNA

Rafael “Chino” Velázquez

Algún tiempo conocida como el Gran Estatuto, es un documento el cual, el rey de Inglaterra, también llamado Juan Sin Tierra firmó y selló en el año de 1215.

Por medio de este documento el rey concedió ciertos derechos a sus súbditos. La Carta ha sido llamada “la primera piedra de la libertad de los ingleses” y llegó a simbolizar para todos ellos, la base misma del derecho humano.

Los nobles ingleses habían disfrutado de ciertos privilegios antes del reinado del rey Juan; pero Juan era autocrático y a menudo desconocía los derechos de sus súbditos así como también los privilegios de los nobles. Al fin, la tiranía descolló en toda Inglaterra.

En 1213 un grupo de Grandes Barones y prelados de alto rango se reunieron en Saint Albans, cerca de Londres, para discutir la situación. Elaboraron una lista de derechos que ellos querían que el rey les reconociera.     Luego incluyeron en la lista una cantidad de derechos que ellos a su vez pudieran conceder a los hombres libres que estuvieran bajo su autoridad. El grupo fue sabio al incluir los derechos de cada hombre libre en la Carta, porque el movimiento ganó para ellos, el apoyo de Inglaterra toda.

El rey Juan rehusó firmar el documento, así que los Barones enviaron un ejército contra él y lo derrotaron en el campo de Runnymede,en, en las riveras del río Támesis donde el 15 de junio de 1215, el rey Juan firmó el documento que luego sería conocido como el Gran Estatuto. El Estatuto, que ahora se ha convertido en una pieza del Museo Británico, contiene sesentitrés provisiones; muchas de ellas no son de una importancia perdurable.

He aquí tres de las más importantes:

Ningún hombre libre puede ser arrestado, sometido a prisión, declarado fuera de la ley o privado de propiedad, a menos que sea juzgado por sus iguales o por leyes del país”.”

“La justicia no puede ser vendida, demorada o negada a ningún hombre libre”.

”Ningún impuesto, con excepción de los usuales, se exigirá, excepto con el consentimiento de un consejo de prelados y grandes barones”.

Se hace notar que las dos primeras provisiones tienen cierta similitud con los Artículos 9, 10,11 y parte del 17 de la actual Declaración de los Derechos Humanos promulgada en 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas y que todavía tiene vigencia.

El rey Juan bien pronto trató de violar sus promesas. Pero el Estatuto proveía de un Comité de Nobles para asegurar que el rey cumpliera sus promesas. Cada uno de los próximos treintitres reyes de Inglaterra que sucedieron al rey Juan, convinieron en confirmar y seguir las provisiones del Estatuto. En algunas oportunidades los reyes tuvieron el apoyo del pueblo en el desconocimiento del Estatuto, como cuando los barones usaron el Estatuto como máscara para esconder sus privilegios feudales cuando fueron atacados por el rey. No fue hasta la época de la dinastía de los Estatutos, en los años 1600, que la Carta Magna tomó su real significación.

El poder de los barones había sido derrotado por el absolutismo real y el Estatuto permaneció como una garantía contra la opresión ejercida por el rey. El Gran Estatuto no concedió democracia a los pueblos porque muchos de ellos continuaron viviendo en gran desigualdad por muchos cientos de años. El Gran Estatuto fue elaborado principalmente para dar más derechos y privilegios a los grandes barones. Pro el documento es aún permanente Landmark en la historia de la libertad humana. Este quitó el poder absoluto al rey sobre sus súbditos y garantizó ciertos derechos a cada hombre libre.

Ahora bien; si los ciudadanos tienen derecho que fueron proclamados solemnemente en dicha Carta Magna, en la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, en la Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU de 1948 y que aparecen enunciados en todas las constituciones modernas, también tienen deberes y obligaciones para con su gobierno y para con sus conciudadanos aparte del sentimiento de solidaridad que deben tener hacia los seres humanos.

 

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